Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 020/2013-RCA-SL
Fecha: 07-Feb-2013
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 010/2011 de 22 de marzo, cursante de fs. 127 a 128, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Diego Vega Quiroz contra William Alave Laura y Ramiro López Guzmán, Vocales de la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial -hoy Tribunal Departamental de Justicia- de La Paz.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de la solicitud
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- improcedencia
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- II.2. Revisión de las resoluciones de rechazo e improcedencia in limine por la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional en las acciones de defensa
- dentro del plazo razonable de tres días hábiles computables a partir del día siguiente de su notificación con la Resolución respectiva
- Fragmento 8
- II.3. Sobre el principio de inmediatez de la acción de amparo constitucional
- por los efectos o trascendencia, sólo en estos casos, el plazo de los seis meses corre desde la notificación con la resolución que da lugar a la complementación, enmienda o aclaración
- II.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR