Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 031/2013-RCA-SL
Fecha: 14-Feb-2013
Fragmento 9
El Tribunal de garantías, por Resolución 353/2011 de 27 de octubre, cursante de fs. 38 a 40, “DENEGÓ” la acción, argumentando que no se expresa con claridad y precisión los hechos que motivan la acción; es decir que, aspectos faltan en las resoluciones impugnadas y se limitan a señalar aspectos que tienen que ver con el proceso de primera instancia, actuados que no serian de competencia del Tribunal de garantías.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- Fragmento 3
- DENEGADO
- II.1.
- II.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 7
- no procede
- Fragmento 9
- II.5. Análisis previo a la admisibilidad de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 11
- II.6. Análisis del caso concreto
- POR TANTO