AUTO CONSTITUCIONAL 063/2013-RCA-SL
Fecha: 28-Feb-2013
a)
Solicitan: a) Limpieza de la basura sólida de las quebradas de la Provincia Cercado y del Río Guadalquivir; b) Montado y construcción del sistema de alcantarillado en los márgenes de todas las quebradas, en cumplimiento del art. 375 y 376 de la CPE; c) Ejecución de una campaña de educación ambiental sobre la incidencia de las quebradas sucias en la contaminación del Río Guadalquivir; d) Acciones de prevención para la no degradación ambiental de las quebradas y la consecuencia de las mismas en la contaminación del Río Guadalquivir; e) Control de la explotación de los áridos; y, f) Formulación de un plan de prevención y vigilancia del Río Guadalquivir y sus afluentes.
De la lectura del memorial de interposición de la acción popular, se establece que los accionantes acreditaron su personería, señalando como parte accionada a Oscar Montes Barzón Honorable Alcalde Municipal de Tarija y de la provincia Cercado indicando su domicilio. Asimismo, exponen con claridad los hechos que sirven de fundamento a la demanda, considerando vulnerados los derechos de hombres, mujeres, niños y niñas de la ciudad de Tarija a un medioambiente equilibrado y adecuado, señalando al efecto los arts. 108.14 y 16 de la CPE, indicando ampliamente de qué manera fueron vulnerados los mismos. Finalmente, señalaron con precisión la tutela que solicitan: a) Limpieza de la basura sólida de las quebradas de la Provincia Cercado y del Río Guadalquivir; b) Montado y construcción del sistema de alcantarillado en los márgenes de todas las quebradas, en cumplimiento del art. 375 y 376 de la CPE; c) Ejecución de una campaña de educación ambiental sobre la incidencia de las quebradas sucias en la contaminación del Río Guadalquivir; d) Acciones de prevención para la no degradación ambiental de las quebradas y la consecuencia de las mismas en la contaminación del Río Guadalquivir; e) Control de la explotación de los áridos; y, f) Formulación de un plan de prevención y vigilancia del Río Guadalquivir y sus afluentes.
- Sala Penal de
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- rechazó in limine
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- II.2. Procedimiento aplicable en la tramitación de la acción popular
- Se aplicará el procedimiento de la Acción de Amparo Constitucional
- rechazada in limine
- POR TANTO