AUTO CONSTITUCIONAL 063/2013-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 063/2013-RCA-SL

Fecha: 28-Feb-2013

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Mediante memorial presentado el 16 de noviembre de 2010, cursante de fs. 26 a 29 vta., los accionantes refieren que entre las prioridades del Gobierno Municipal de la ciudad de Tarija y la provincia Cercado, no se encuentran las destinadas al medio ambiente así en el Programa Operativo Anual, correspondiente a la partida  de desarrollo y Prevención del medio ambiente de la gestión 2011, apenas tiene contemplado el cero punto cero siete por ciento de presupuesto traducido en la suma de Bs.309.487.- (trescientos nueve mil cuatrocientos ochenta y siete bolivianos); en contraste con lo programado para la partida de infraestructura urbana y rural correspondiente a cemento, que es del cuarenta punto cincuenta y seis por ciento Bs.184'.126.486.- (ciento ochenta y cuatro millones ciento veinte    y seis mil cuatrocientos ochenta y seis bolivianos)

Señalan que, el río Guadalquivir se encuentra altamente contaminado, que en el  mes de octubre de 2010, a través de la campaña denominada “Te quiero Viva Tarija”, se recogió una cantidad de más de diez toneladas de basura entre ella componentes plásticos, bolsas de nylon, llantas, latas de cerveza, pedazos de metales de todo tipo, animales muertos entre otros; asimismo, se puso en evidencia que la bodega de vinos Aranjuez, durante mucho tiempo tuvo su canal de desagüe industrial al río Guadalquivir evidenciando posteriormente que también es contaminado por el Matadero Municipal.

Indican que, por informe GMT.DIR.ING. Cite 408/2010 de 20 de septiembre, emitido por Miriam de Calderón, en calidad de Directora de Ingresos del Gobierno Municipal, respecto a la explotación de áridos, infiere que no se efectúa en el marco de la ley, evidenciando que el municipio no percibió ni un sólo “peso por    el pago de patentes por explotación de áridos”.

Por otra parte refieren que, realizada una inspección ambiental de la quebrada denominada “Víbora Negra”, que a su vez es afluente de la quebrada del Monte y que finalmente descarga sus aguas en el Río Guadalquivir, en todo su curso natural, es un vertedero de basura de tipo sólida y líquida de “efluentes” hospitalarios, sanitarios e industriales entre otros, evidenciando que no existe ningún tipo de control ambiental por parte de la Alcaldía Municipal, por lo que se halla altamente contaminada ocasionando grave daño al medio ambiente, por cuanto los desechos referidos cambian las propiedades físicas y químicas del agua y de los sedimentos, dando aspecto y olor nauseabundo al espacio natural, causando un cambio en la estructura trófica de la quebrada, empobreciendo la biodiversidad presente, debido a que la mayoría de los organismos son poco tolerantes a condiciones extremas de acidez y contaminación

Al respecto denuncian que la, “Alcaldía Municipal de la Provincia Cercado”, estaría incumpliendo las obligaciones y los deberes que manda la Constitución Política del Estado, Ley del Medio Ambiente su Reglamento y el Reglamento en materia de contaminación hídrica; vulnerando así derechos de hombres, mujeres, niños y niñas de la ciudad de Tarija a un medioambiente equilibrado, por lo que plantean la presente acción.