SCP 0201/2013 de 27 de febrero
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SCP 0201/2013 de 27 de febrero

Fecha: 27-Feb-2013

3°  Se dispone que la autoridad demandada, reconduzca procedimiento, poniendo en conocimiento “material” del imputado dentro de las 24 horas de notificada con la presente Sentencia, con la resolución que rechaza la cesación a la detención preventiva, a efectos de que pueda ejercerse el derecho a impugnación previsto por el art. 251 del Código Procedimiento Penal; además, considerando que el imputado fue notificado en audiencia, una vez puesto en conocimiento material del imputado con la referida resolución, el mismo tiene 48 horas para plantear de forma escrita su apelación incidental.