Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0168/2013
Fecha: 19-Feb-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El representante del accionante indica que se vulneró el derecho a la libertad y la garantía al debido proceso incidiendo en el derecho a la defensa de éste, ello debido a que solicitada audiencia de cesación de detención preventiva, ésta fue fijada para más de un mes de haberse realizado su formulación, y presentada la reposición del decreto que fija fecha de la referida audiencia, el Juez demandado la modificó para un día antes, es decir, para el 20 de noviembre de 2012. En consecuencia, corresponde en revisión, si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela impetrada.