Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0196/2013
Fecha: 27-Feb-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Al presente se encuentra en indefensión, “perjudicado de no ser atendido en la aplicación de las normas procesales y sustantivas”, resalta la ilegal persecución e indebido procesamiento y el cese a la persecución indebida, sin explicar en una debida relación de los hechos sino únicamente citando el art. 125 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificacióny ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- i)
- aquel procesamiento ilegal, es decir sin respaldo alguno en el ordenamiento jurídico, que opera como causa para la privación de la libertad. Esto con la finalidad de evitar que a través de un procedimiento arbitrario, se imponga una sanción o condena penal
- 1. Respecto del señalamiento de audiencia de aplicación de medidas cautelares
- 2. Respecto a la imputación contra el accionante
- CONFIRMAR