Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0041/2013-RCA
Fecha: 04-Mar-2013
5)
5) Estiman vulnerados sus derechos a la vida, al agua y alimentación, a un habitat y vivienda adecuada, a la honra y dignidad, al trabajo, a la propiedad privada y la posesión, a la “seguridad jurídica” y defensa, a la niñez y adolescencia, consagrados en los arts. 15, 16, 19, 21.2, 46.I.1, 56, 115.I y II, 58 a 61 de la CPE.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- improcedente in limine
- Fragmento 5
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. El principio de Subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- II.3. Revisión de la Resolución elevada en revisión
- salvo que la restricción o supresión de los derechos o garantías constitucionales ocasione un perjuicio irremediable o irreparable, en cuyo caso, de manera excepcional, se activa el Amparo Constitucional para otorgar una tutela efectiva e inmediata que evite la consecuencia irremediable
- 5)
- 8.