Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0041/2013-RCA
Fecha: 04-Mar-2013
Fragmento 1
En revisión la Resolución de 21 de enero de 2013, cursante de fs. 51 a 53, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional, interpuesta por David Salazar Quinteros y Cecilia Veisaga Cadima contra Pablo Vargas Jala, Dirigente; Eugenio Fernández Vallejos, Secretario de Relaciones; y, Bernardino Vallejos Pérez, Secretario de Saneamiento de Tierras todos del Sindicato San Juan de la localidad de Aiquile del departamento de Cochabamba.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- improcedente in limine
- Fragmento 5
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. El principio de Subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- II.3. Revisión de la Resolución elevada en revisión
- salvo que la restricción o supresión de los derechos o garantías constitucionales ocasione un perjuicio irremediable o irreparable, en cuyo caso, de manera excepcional, se activa el Amparo Constitucional para otorgar una tutela efectiva e inmediata que evite la consecuencia irremediable
- 5)
- 8.