Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0044/2013-RCA
Fecha: 06-Mar-2013
Fragmento 1
En revisión la Resolución 03/2013 de 24 de enero, cursante de fs. 182 a 183 vta., pronunciada dentro de la acción de cumplimiento interpuesta por Felipe Tapia Quispe, Presidente y Luís Machicado Raya, Secretario ambos de la Organización de la Unión Nacional de Ex Presos y Exiliados Políticos de Bolivia “UNEXPEPB” contra Cecilia Ayllón Quinteros, Ministra de Justicia; Luis Arce Catacora, Ministro de Económica y Finanzas Públicas y Juan Ramón Quintana, Ministro de la Presidencia, todos del Estado Plurinacional de Bolivia.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Normas constitucionales o legales supuestamente incumplidas.
- a)
- improcedencia
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- 'Tiene por objeto la defensa de los derechos constitucionales de las personas naturales o jurídicas, garantizando el cumplimiento del deber omitido por parte de los funcionarios o autoridades públicas, a lo ordenado por la Constitución Política del Estado o la ley'
- puede estar directa o indirectamente vinculado a la lesión de derechos fundamentales o garantías constitucionales
- están desarrollados por la ley, por lo que al cumplirse ésta también es posible que pueda tutelarse derechos pero no en su dimensión subjetiva sino en su dimensión objetiva,