Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0096/2013-CA
Fecha: 25-Mar-2013
Fragmento 4
Por Resolución 19 de 27 de febrero de 2013, cursante de fs. 390 a 398 vta., el Juez Disciplinario de las Oficinas Departamentales del Consejo de la Magistratura de Potosí, rechazó la acción de inconstitucionalidad concreta, con el fundamento que la accionante no estableció el nexo causal que permita afirmar que el pronunciamiento de la resolución en el proceso disciplinario dependa de la constitucionalidad o no de las normas impugnadas.
- Juez Disciplinario de las Oficinas Departamentales del Consejo de la Magistratura de Potosí
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- Fragmento 4
- II.1. Normas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del cumplimiento de requisitos de admisión en el caso concreto
- 2°
- 3°