AUTO CONSTITUCIONAL 0096/2013-CA
Fecha: 25-Mar-2013
Juez Disciplinario de las Oficinas Departamentales del Consejo de la Magistratura de Potosí
En consulta la Resolución 19 de 27 de febrero de 2013, cursante de fs. 390 a 398 vta., pronunciada por el Juez Disciplinario de las Oficinas Departamentales del Consejo de la Magistratura de Potosí, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, interpuesta por Nelma Teresa Tito Araujo, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 196.II de la Ley del Órgano Judicial (LOJ); 17 y 41.I inc. b) del Reglamento de Régimen Disciplinario para el Personal Judicial de la Jurisdicción Ordinaria, Jurisdicción Agroambiental y Personal de Apoyo Judicial, de ambas Jurisdicciones, aprobado por el Acuerdo 165/2012 de 10 de julio, del Consejo de la Magistratura, por presuntamente contrariar los arts. 8, 9.4, 13, 115.I y II, 116.I, 117.I, 119.I y II, 120.I, 180.I, 256.I y 410.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Juez Disciplinario de las Oficinas Departamentales del Consejo de la Magistratura de Potosí
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- Fragmento 4
- II.1. Normas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del cumplimiento de requisitos de admisión en el caso concreto
- 2°
- 3°