AUTO CONSTITUCIONAL 0105/2013-CA
Fecha: 26-Mar-2013
II.3. Análisis del caso concreto
Los accionantes solicitan, se promueva la acción de inconstitucionalidad contra el art. 10.II de la Ley de Transición para el Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental, Consejo de la Magistratura y Tribunal Constitucional Plurinacional, cuya observancia fue ordenada mediante providencia de 9 de enero de 2012, a efecto de admitir o no la demanda contencioso tributario de los accionantes. Al respecto, conviene precisar que el art. 81.I del CPCo, señala que “La Acción de Inconstitucionalidad Concreta podrá ser presentada por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo, aún en recurso de casación y jerárquico, antes de la ejecutoria de la Sentencia”, condición que no ocurre en la presente acción, constituyéndose en uno de los requisitos esenciales para hacerla viable.
Al respecto, en el caso de autos no se da la condición de admisibilidad anteriormente glosada, al haberse cuestionado la constitucionalidad de una norma estando ya ejecutoriada la Resolución impugnada; siendo que de los antecedentes aparejados, consta que los accionantes interpusieron demanda contencioso tributario, impugnando la Resolución Determinativa AN-GRLPZ-LAPLI 83/2011, refutando el art. 10.II de la citada Ley de Transición; la misma que sin embargo, no fue admitida pues por providencia de 9 de enero de 2012, el Juez Tercero de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario, exigió que “Con carácter previo, cúmplase con el art. 10, Parágrafo II de la Ley 212 de fecha 23 de diciembre de 2011 y se dispondrá lo que en derecho corresponda”; posteriormente, la mencionada autoridad expidió Resolución 02/2013 de 25 de febrero, a través de la cual dispuso que, al no haberse cumplido con el referido proveído, declara la ejecutoria de la Resolución Determinativa AN-GRLPZ-LAPLI 83/2011; antecedentes que evidencian el incumplimiento del art. 81.I del CPCo.
- Juez Tercero de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la Departamental de La Paz
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- que determina el incumplimiento por los accionantes del art. 111 de la LTCP”
- RATIFICAR