AUTO CONSTITUCIONAL 0105/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0105/2013-CA

Fecha: 26-Mar-2013

que determina el incumplimiento por los accionantes del art. 111 de la LTCP”

En un caso similar se dictó el AC 0227/2012-CA de 30 de mayo, manifestando que: “Finalmente, es necesario establecer que, el Juez de Partido Tercero, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la ciudad de La Paz emitió providencia de 13 de febrero de 2012, en la que rechazó la demanda interpuesta y se declara la ejecutoria de la Resolución Determinativa AN-GRLPZ-LAPLI 112/2011 de 2 de diciembre, que determina el incumplimiento por los accionantes del art. 111 de la LTCP” (las negrillas son ilustrativas).