Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 069/2013-RCA-SL
Fecha: 26-Mar-2013
II.2. Marco normativo constitucional y legal
El art. 135 de la Constitución Política del Estado (CPE), establece que: “La acción popular procederá contra todo acto u omisión de las autoridades o de personas individuales o colectivas que violen o amenacen con violar derechos e intereses colectivos, relacionados con el patrimonio, el espacio, la seguridad y salubridad pública, el medio ambiente y otros de similar naturaleza reconocidos por la Constitución”.