Sentencia: 0124/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0124/2013-L

Fecha: 20-Mar-2013

a)

El accionante denuncia la lesión de su derecho al debido proceso en su componente de motivación y fundamentación y a ser juzgado en plazo razonable, por cuanto la autoridad demandada pronunció el Auto Interlocutorio de 9 de marzo de 2011, que determino: a) Reponer el decreto de 26 de febrero de ese año, que disponía conminar al Fiscal de Distrito -ahora Departamental- para que en el plazo de cinco días presente requerimiento conclusivo; y, b) Ampliar la etapa preparatoria por el lapso de cuarenta y cinco días más, sin tomar en cuenta la extemporaneidad del recurso de reposición planteado por la parte querellante; decisión que carece de fundamentación legal e incumple la previsión del art. 134 del Código de Procedimiento Penal (CPP).