SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2013-L

Fecha: 06-Mar-2013

a)

Solicitó que se le conceda la tutela, disponiendo: a) La inmediata restitución del servicio de agua, mediante la reinstalación de las cañerías, los postes y el cable de energía eléctrica, para el funcionamiento de la bomba de agua; b) La inmediata restitución de los postes que sostenían el cable del servicio telefónico; c) Sea bajo su costo y responsabilidad; y, d) El cese de dichos actos bajo conminatoria de ley.

Florencio Chávez Calatayud, Federico y Francisca Chávez Rico, mediante su abogado, en audiencia expresaron lo siguiente: a) La prueba que demuestra que Francisco Chávez Calatayud, es dueño del inmueble, se encuentra en el proceso ordinario que se tramita ante éste mismo Juzgado de garantías; b) La sentencia “Agraria de Quillacollo” (sic), y el Auto Nacional Agrario, determinaron que dicha persona, es la única propietaria del inmueble; en base a ello, piden se rechace la acción tutelar.