SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0094/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0094/2013-L

Fecha: 18-Mar-2013

1)

Ramiro López Guzmán y William Alave Laura, Presidente y Vocal respectivamente de la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de La Paz, presentaron informe escrito cursante de fs. 14 a 16, en el mismo expresaron que: 1) El proceso penal seguido por el Ministerio Público y querella de la Defensoría de la Niñez y la Adolescencia contra Andrés Ramos Pusari, Barbará Pusari Mendoza, Víctor Callisaya Quispe, por el supuesto delito de violación, fue sorteado a través del sistema informático a su Sala, señalando audiencia para el 7 de abril de 2011, misma que fue suspendida debido al horario continuo, fijándose una nueva para el 20 del mismo mes y año, con la participación de Virginia Crespo Ibañez, Vocal de la Sala Tercera Social y Administrativa convocada para el efecto conforme se evidencia en el acta, consta otra suspensión por cuanto no se encontraban presentes el Ministerio Público, menos la Defensoría de la Niñez y Adolescencia; 2) Si hubieron suspensiones de audiencias, no fueron atribuibles a los Vocales de esa Sala; sin embargo, al existir un señalamiento de audiencia la presente acción, ingresa a la subsidiariedad ya que se encuentra pendiente de ser resuelto el recurso de apelación incidental de la cesación de la detención preventiva del ahora accionante; 3) Este Tribunal no determinó la detención preventiva del imputado, menos rechazó la cesación, más al contrario en cumplimiento al principio de igualdad se dispuso la suspensión de audiencia ante la inasistencia del Ministerio Público y la Defensoría de la Niñez y la Adolescencia, a efecto del debido proceso y seguridad jurídica, presunción de inocencia y celeridad en la justicia; y, 4) La acción de libertad, no es una instancia procesal o una vía judicial ordinaria de carácter contencioso.