SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0096/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0096/2013-L

Fecha: 20-Mar-2013

denegar

Por lo expresado precedentemente, la pretensión del accionante no se halla dentro de las previsiones del art. 128 de la CPE, por lo que el Tribunal de garantías, al denegar la acción de amparo constitucional, ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y correcta aplicación al precepto constitucional citado.