SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0123/2013-L
Fecha: 20-Mar-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Refiere que por su situación de progenitora goza de inamovilidad laboral en el cargo de asesora legal en la señalada empresa, aspecto que acreditó mediante certificado de nacimiento de su hijo TT presentado al Departamento de Recursos Humanos (RR.HH.) de dicha empresa; y, no obstante que en la audiencia realizada el 28 de febrero de 2011 “con el Presidente del Directorio y el Gerente General” (sic) les mencionó el Decreto Supremo 0012 de 19 de febrero de 2009, sobre la inamovilidad laboral de los padres progenitores hasta que el hijo cumpla un año de edad. Por estos hechos, presentó denuncia a la Jefatura Regional del Trabajo de Bermejo, la cual conminó al “Gerente General de IABSA” (sic) la restitución a su cargo, pero el mismo, hizo caso omiso.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la persona demandada
- concedió la tutela solicitada
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Alcance de l
- III.3. Derecho a la inamovilidad de la mujer embarazada
- III.4. Derecho a la vida y a la salud de la mujer embarazada
- III.5. Derecho al trabajo y la inamovilidad laboral de la mujer en estado de gestación
- III.6. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20
- 1º REVOCAR
- 2º