SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0228/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0228/2013

Fecha: 06-Mar-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Refiere, que es propietario de una propiedad urbana, ubicada en la colonia japonesa de San Juan de Yapacani, con una superficie de 5 460 m2, registrado a su nombre en la matrícula computarizada 7.04.3.01.0002808, asiento A-1, de 27 de mayo de 1992, adquirida de Wilfredo Estrada Gonzales; manifiesta que, desde que la adquirió, estuvo en continua y pacífica posesión, realizando el encierro con alambrado, donde tenía trabajadores que prestaban servicios en la misma.

Agrega, que sobre su terreno aludido, el 2 de julio de 2012, aproximadamente a horas 10:00, el demandado irrumpió violentamente con un grupo de cien a ciento cincuenta personas, ejerciendo violencia, armados con palos, machetes y lanzando amenazas, tumbando postes, rompiendo el alambrado que cubría la propiedad; expulsado a los trabajadores que cuidaban el terreno; refiere, que este hecho hizo conocer a la Policía mediante su hermano Eloy Medina Vaca a quien otorgó el poder 659/2012; quienes verificaron el acto ilegal e indebido y que fue corroborado a través de un informe emitido por los policías asignados al caso. Complementa indicando que, desde la fecha del avasallamiento se encuentran en posesión, el demandado y el grupo de personas en forma ilegal en el terreno.