Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0251/2013
Fecha: 08-Mar-2013
II.5.
II.5. Por Resolución de Aprehensión de 6 de diciembre de 2012, consta que el Fiscal ahora demandado, de conformidad a lo previsto por el art. 226 del CPP, al considerar la probabilidad de autoría en el hecho del ahora representado y la existencia de los peligros procesales de fuga y obstaculización, dispuso la orden de aprehensión contra Facundo Morales Huchani, mismo que fue notificado a horas 15:45 de ese mismo día (fs. 20 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegar
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. La subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16