SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0357/2013
Fecha: 20-Mar-2013
III.3. Análisis del caso concreto
En el caso analizado, la representante considera vulnerado el derecho al debido proceso vinculado a la libertad de locomoción de la accionante, toda vez que, el Fiscal de Materia demandado, incurrió en persecución ilegal y procesamiento indebido de la misma, al emitir mandamiento de aprehensión en su contra sin haber sido notificada legalmente con la orden de citación conforme lo establece el art. 224 del CPP.
De la revisión de antecedentes e informes que cursan en obrados (fs. 44 a 50 vta.), se establece que dentro del proceso penal, seguido por el Ministerio Público contra la hoy accionante, por la presunta comisión del delito de estafa, el 20 de noviembre de 2012, el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal del departamento de Oruro, emitió mandamiento de allanamiento a la fábrica de plastoformos de propiedad de la imputada (fs. 6 vta.), el cual fue ejecutado el 23 de similar mes y año por la autoridad fiscal demandada. De lo que se infiere que el Fiscal hoy demandado sólo a cumplido con su deber y si el representante considera que existió abuso de autoridad demandada, deberá recurrir en primera instancia ante el juez instructor de acuerdo a los Fundamentos Jurídicos III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegando
- II.1.
- III.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y su naturaleza jurídica
- III.2. El juez cautelar como contralor de la investigación
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR