SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0371/2013
Fecha: 25-Mar-2013
III.2. El principio de celeridad que debe ser aplicado ante toda solicitud que se encuentre vinculada con el derecho a la libertad física
El derecho a la libertad forma parte de los derechos fundamentales que se encuentran íntimamente relacionados con el principio de celeridad procesal, tal como lo prescribe el art. 22 de la CPE: “La dignidad y la libertad de la persona son inviolables. Respetarlas y protegerlas es deber primordial del Estado” pues está orientado a proteger primordialmente, la necesidad y facultad humana inherente a cada ser humano. Asimismo en el art. 180.I de la Norma Suprema, establece que la jurisdicción ordinaria se fundamenta en el principio procesal de celeridad entre otros, pues se puede decir que la rapidez con que se puedan tramitar los procesos judiciales, permitirán que la justicia llegue en forma oportuna.
Entonces, toda solicitud o trámite en el que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física o de locomoción, debe tramitarse dentro del plazo establecido por ley si es que lo hubiere, caso contrario la autoridad jurisdiccional al resolver alguna petición planteada dentro de un proceso que involucre el derecho a la libertad, debe aplicar el principio de celeridad ya que se encuentra de por medio el derecho a la libertad, sin que ello signifique que necesariamente tenga que concederse lo solicitado, de no ser así, tal actuación procesal provocaría efectos dilatorios sobre los derechos del detenido, además de trascender o afectar su libertad por la sola privación de libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- hábeas corpus restringido
- se busca acelerar los trámites judiciales
- Fragmento 12
- III.2. El principio de celeridad que debe ser aplicado ante toda solicitud que se encuentre vinculada con el derecho a la libertad física
- III.3. Análisis del caso concreto