SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0383/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0383/2013

Fecha: 25-Mar-2013

denegando

El Juez Tercero de Sentencia Penal del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución 01/2013 de 2 de enero, cursante de fs. 26 a 28, denegando la tutela solicitada por los accionantes, en base a los siguientes fundamentos: i) En consideración a lo establecido por el art. 125 de la CPE, para que proceda la acción de libertad, tendría que encontrarse en peligro la vida de los accionantes, estar ilegalmente perseguidos o estar indebidamente procesados, considerando que éstos se hallaban detenidos preventivamente por disposición de la autoridad jurisdiccional; “sin embargo se advierte que cuando se presentó Extinción de la Acción como refiere la parte accionante quien habría presentado en fecha 12 de Noviembre de 2012, que hasta la fecha no se ha resuelto, existiendo solo Decretos que pretende presentar dicha excepción en cualquier estado de la causa, corresponda a la autoridad jurisdiccional pronunciarse, de esta manera evitar vulneración al Debido Proceso” (sic); y, ii) La no remisión del proceso al Juzgado de turno, por receso de fin de año, fue responsabilidad de la Secretaria Abogada en suplencia, quien a pesar que la autoridad demandada dispuso su envío, esa funcionaria de apoyo jurisdiccional habría omitido hacerlo, evitando que la parte pueda apersonarse y activar el proceso, actuación que corresponde ser puesta en conocimiento ante el Consejo de la Magistratura, por lo que al no estar respaldados los fundamentos expuestos por los accionantes a efecto de la tutela invocada corresponde denegar la misma.