Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0407/2013
Fecha: 27-Mar-2013
1)
La parte accionante se ratificó in extenso en el contenido de su memorial de interposición de la acción de amparo constitucional y ampliando la misma indicó que: 1) Del informe de verificación de reincorporación laboral se tiene que la demandada se rehúsa a cumplir con la conminatoria; y, 2) Que la inamovilidad laboral se encuentra reconocidos por los arts. 46 y 48 de la CPE; 12 del DS 0012 de 19 de febrero de 2009; y, 1 de la Ley “972” de 2 de mayo de “1989”.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La estabilidad laboral en el nuevo orden constitucional y la prohibición de discriminación de la mujer trabajadora
- III.2. Derechos que incluyen la tutela a la mujer embarazada o progenitor
- inamovilidad
- El primer ámbito de aplicación de este derecho desde la perspectiva constitucional, supone que el empleador no podrá determinar, por causa alguna
- III.3. Análisis del caso concreto