SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0421/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0421/2013

Fecha: 27-Mar-2013

1)

Daniel Santalla Torrez Ministro del Trabajo, Empleo y Prevención Social y Tiburcio Aguilar Márquez, Viceministro de Empleo, Servicio Civil y Cooperativas del Ministerio de Trabajo, a través de sus abogados-apoderados presentaron informe en forma conjunta, cursante de fs. 72 a 76 y en audiencia manifestaron: 1) La accionante no activó el mecanismo legal a objeto de hacer valer su petición, como es el contencioso-administrativo contra el recurso jerárquico; 2) El Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, otorgó la tutela solicitada, revocando el memorándum de retiro, porque fue firmada por una autoridad sin competencia, que se encontraba en misión oficial fuera del país; 3) El art. 27 inc. g) del Reglamento del EFP, establece que: “queda expresamente prohibido el pago de una remuneración por los días que un servidor público no haya trabajado conforme a la naturaleza de su designación, salvo las excepciones establecidas por Ley y en el presente reglamento” (sic); 4) No existe disposición jurídico administrativa, que determine expresamente el derecho al pago de salarios devengados emergentes de la revocatoria de una determinación de retiro de una servidora o servidor público; y, 5) El Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, fue quien veló en todo momento por los derechos y garantías de Lorena Ticona Arias, que al disponer su reincorporación a su fuente laboral, permitió que sus derechos adquiridos no sigan siendo afectados.