SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0421/2013
Fecha: 27-Mar-2013
deniega
La Sala Civil y Comercial Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 40/2012 de 18 de diciembre, cursante de fs. 81 a 83, deniega la tutela solicitada; con los siguientes fundamentos: i) La accionante en su recurso de revocatoria solicitó se deje sin efecto el memorándum de desvinculación laboral y agradecimiento de servicios, sin hacer mención al pago de los haberes devengados hasta el día de su reincorporación, pretensión que es acogida en el recurso jerárquico; ii) El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social y su Viceministerio no podían pronunciarse en el recurso jerárquico sobre otras pretensiones que no fueron motivo del recurso de revocatoria, como ser el pago de haberes devengados, únicamente pidió dejar sin efecto el memorándum y como consecuencia de ello su reincorporación a su fuente laboral; iii) En la Resolución Complementaria de 23 de julio de 2012, emitida por el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, salvan los derechos de la accionante para que pueda acudir a la vía jurisdiccional correspondiente sobre el pago de haberes devengados; y, iv) Este Tribunal, con relación a los otros derechos supuestamente vulnerados, el derecho a la salud, a la seguridad social, al trabajo y al debido proceso, no encuentran relación de causalidad entre los hechos ocurridos y la supuesta lesión de los mismos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- deniega
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- suma qamaña
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. El derecho al trabajo
- III.4. Sobre el principio de congruencia
- III.5. La subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- III.6. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo