Sentencia: 0178/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0178/2013-L

Fecha: 05-Abr-2013

a)

El accionante denuncia la lesión de su derecho al debido proceso, a la “seguridad jurídica” y al principio excepcional de inmediatez, por cuanto -en la etapa de juicio oral-, luego de que el fiscal y el acusador particular fundamentaron su acusación interpuso incidente de exclusión probatoria y excepción de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, dictándose la resolución 114/2010, de 27 de agosto, que declaró: a) Improbado la exclusión de las documentales de cargo “6, 7 y 8”; y, probado con relación a las literales “12, 16, 18, 19 y 21”; y, b) Probada la excepción de extinción de la acción penal, por duración máxima del proceso, determinación que fue apelada por Banco Central de Bolivia (BCB) a través del recurso de apelación incidental de 2 de septiembre de ese año, que mereció la dictación del Auto de Vista de 1 de diciembre, que determinó anular el sorteo de vocal, instruyendo la continuación del juicio oral hasta la emisión de la sentencia respectiva; sin embargo, no tomó en cuenta la extemporaneidad de la presentación del recurso de apelación; que el incidente y la excepción opuesta por él se resolvió en un solo acto, conforme a la previsión del art. 345 del Código de Procedimiento Penal (CPP); y, que el Tribunal de alzada debió resolver únicamente los puntos cuestionados por el apelante, conforme señala los arts. 398 y 399 del Código Adjetivo Penal.