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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0146/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0146/2013-L

    Fecha: 02-Abr-2013

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    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.2. Informe de la autoridad demandada
    • denegó
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2.  Improcedencia de la acción de amparo constitucional por cese del acto reclamado
    • De lo manifestado, se concluye que la protección que brinda la presente acción tutelar no se activa cuando los efectos de la resolución o acto impugnado hubieren cesado, por lo tanto, cuando el acto hubiere quedado revocado o anulado el amparo es improcedente; porque se supone que el acto lesivo de los derechos y garantías de las personas ha desaparecido”.
    • III.3.  En cuanto al derecho de petición
    • Ley
    • CONFIRMAR

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