SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2013-L

Fecha: 02-Abr-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Se le habría iniciado el Proceso Administrativo Interno 13/2010 por Resolución de 10 de septiembre; y por los fundamentos que se detallan, los tres miembros del Tribunal Sumariante, designados fuera de cauce legal, basaron la apertura del proceso por “PRESUNTO INCUMPLIMIENTO EN REGISTRAR DATOS DE MI GESTIÓN EN EL SICOES” (sic), actuación contraria al Manual de Operaciones, sin que especifique si esa conducta sería una falta leve o grave, para tener la certeza del límite de la eventual sanción a imponérsele.

Desde un inicio se observó la violación del derecho al juez natural porque no se la procesó por un Tribunal Administrativo, cuyos componentes sean designados de acuerdo a Reglamento, sino a capricho del Rector a.i. de la Universidad; del mismo modo, la sanción no se apoyaría en ningún tipo de falta disciplinaria, atentando al principio de legalidad y por tanto al derecho a la defensa, porque se  habría impuesto una sanción totalmente discrecional. Pese a las observaciones realizadas, se continuó con el proceso y el Rector a.i., quien por reglamento debió formar parte del Tribunal Sumariante, se arrogaría la calidad de máxima autoridad ejecutiva, resolviendo el recurso jerárquico interpuesto, cuando la competencia, según indica, correspondería al Ministerio de Educación.