SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0164/2013-L
Fecha: 02-Abr-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denunció, la vulneración de su derecho a la cancelación de diez meses de salarios devengados y beneficios sociales, de enero a octubre de 2010, emergentes de la falta de pago, por el tiempo en que se produjo el despido injustificado de que fue objeto; luego de que, el Gerente General de la EMAAB, Never José Jurado Ruíz, dispuso suspenderla y desvincularla de sus funciones de encargada de contabilidad, sin goce de haberes, “hasta la demostración de su inocencia” (sic), sin que hubiera probado, ante las autoridades de la Jefatura Departamental de Trabajo de Tarija, la concurrencia de una causal de despido justificado, para hacerla válida y eficaz. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concedió
- Fragmento 5
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- III.2. El carácter subsidiario en la acción de amparo constitucional
- Fragmento 13
- III.3. Análisis del caso concreto