Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0242/2013-L
Fecha: 10-Abr-2013
I.2.2. Informe de la persona demandada
El abogado de la ahora demandada en audiencia manifestó que el accionante pidió la restitución de su derecho a la propiedad privada; sin embargo, dicho accionante refirió que tiene un derecho espectaticio; es decir, está suponiendo que su demanda de usucapión será concedida, sin ser sujeto activo pidió se deje sin efecto el mandamiento de lanzamiento.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la persona demandada
- denegó
- I.3. Consideraciones de sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La legitimación pasiva
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR