SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0249/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0249/2013-L

Fecha: 23-Abr-2013

concedió

La Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 589/2011 de 18 de junio, cursante de fs. 93 a 96 concedió la acción de amparo constitucional, disponiendo la inmediata reincorporación de la accionante a su fuente laboral, con el mismo sueldo y en el mismo puesto de trabajo; asimismo, el pago de los sueldos devengados y los subsidios que corresponden por derecho a su hijo; en base a los siguientes fundamentos: 1) La accionante señaló como un punto relevante, la relación laboral que tuvo con la empresa CEAS SRL., a través de un contrato verbal de 28 de agosto de 2002, trabajando de manera responsable durante todo ese tiempo, desarrollando su actividad hasta el 20 de julio de 2010; toda vez que, esa fecha fue despedida habiendo quedado embarazada con el argumento que después de los cuarenta y cinco días post natales podría volver; en ese sentido, el 27 del mismo mes y año dio a luz, por lo que intentó retornar a su fuente laboral en el mes de agosto, lo cual no fue atendido; motivo por el cuál recurrió al Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social; 2) El Jefe Departamental Regional de Trabajo, el 7 de febrero de 2011, conminó a la Empresa CEAS SRL., la reincorporación inmediata de la trabajadora a su fuente laboral con todos sus sueldos devengados y los beneficios de lactancia al amparo del art. 48 de la CPE; y, 3) El demandado, al haber negado su reincorporación como consecuencia de su maternidad, constituye un acto ilegal; toda vez que, el art. 1 de la Ley 975 de 2 de marzo de 1978, establece la inamovilidad en el puesto de trabajo de la mujer en el periodo de gestación hasta el primer año de nacido el hijo o hija, que abarca a las empleadas del sector privado e incluso a los progenitores, sujetos a la Ley General del Trabajo, vulnerando el derecho al trabajo, a la maternidad, a la salud, a las atenciones y subsidios, que ampara la ley a favor del recién nacido como también de la madre.