SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0259/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0259/2013-L

Fecha: 25-Abr-2013

1)

Elías Fernando Ganam Cortez y Ramiro López Guzmán, Presidentes de las Salas Penales Segunda y Tercera respectivamente, mediante informe escrito cursante de fs. 66 a 68, señalaron: 1) Por Auto de Vista 233/2011 de 26 de julio, la Sala Penal Tercera, revocó la Resolución 39/2011; 2) La accionante, refiere supuestas vulneraciones de derecho, sin embargo las mismas no se encuentran debidamente descritas, por lo que consideran que tales vulneraciones son inexistentes; 3) El Tribunal de apelación observó la existencia de un control jurisdiccional; el informe de inicio de investigaciones; la imputación formal; así como también la documentación presentada por la parte imputada; percatándose de esa manera, que el órgano jurisdiccional a tiempo de emitir la Resolución 39/2011, no observó los riesgos procesales por los cuales fue imputada Yolanda Beatriz Huiza Cocarico; 4) De los peligros de obstaculización y de fuga, se evidenciaron la existencia de dos sentencias condenatorias por el delito de tráfico de sustancias controladas; motivo por el cual tuvieron que revocar la resolución aludida, en razón a que dichos elementos no fueron valorados correctamente por el Juez de primera instancia; y, 5) Sobre el principio de contradicción, el mismo fue ejercido a cabalidad en la audiencia de fundamentación de apelación incidental, ya que ambas partes hicieron uso del derecho a la defensa interviniendo en el acto.