SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0265/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0265/2013-L

Fecha: 25-Abr-2013

i)

Luis Alberto Arce Catacora, Ministro de Economía y Finanzas Públicas presentó informe escrito cursante de fs. 398 a 399 con los siguientes fundamentos: i) El comiso definitivo de la mercancía constituye en la sanción por la cual el propietario pierde el derecho de la misma a favor del Estado a través de la Administración Tributaria, en el presente caso la ANB; ii) Siendo que la mercancía queda a disposición de la ANB para su adjudicación mediante alguna de las modalidades establecidas en el artículo 111 del CTB, es la misma administración aduanera la que se encuentra en posesión y custodia de la mercancía hasta su entrega a la persona adjudicada; iii) El DS 0220, no dispone que las mercancías con comiso definitivo pasen a propiedad o posesión del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, sino que faculta al mismo a recibir solicitudes de entidades públicas para posteriormente instruir a la ANB su entrega a las instituciones solicitantes, mediante resolución emitida por la misma Administración Aduanera; y, iv) Estas consideraciones evidencian que el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas no es titular del vehículo en cuestión y no se constituye tercero interesado dentro de la presente acción de amparo, más aún cuando la ANB no ha enviado a la fecha reporte sobre el vehículo, por lo que no ha ingresado al proceso de adjudicación ni ha adjudicado a ninguna institución del Estado.