SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0275/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0275/2013-L

Fecha: 25-Abr-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Desde sus catorce años Roberto Grelli, consume sustancias controladas, por lo que ingresó a un programa de rehabilitación en la República Italiana, logrando permanecer en un periodo de abstinencia de casi cinco años; posteriormente, tuvo la iniciativa de querer prestar servicios de voluntariado, motivo por el cual lo trajeron al Estado Plurinacional de Bolivia, habiendo coadyuvado con proyectos de la parroquia y trabajos en la Asociación de Familiares de Artesanos Don Bosco; empero, volvió a caer en el consumo de cocaína, llegando a tener dos procesos penales, uno que se tramitó en el Juzgado Cuarto de Instrucción en lo Penal de El Alto y otro, que motivó la presente acción, por la presunta comisión del delito de suministro de sustancias controladas.

Indica también, que desde su detención y durante el proceso, no se le nombró un traductor y/o interprete, manifestando el ahora accionante que no obstante su dificultad de comunicarse, entiende de forma perfecta el español, sin que exista un medio para acreditar lo aseverado; sin embargo, para las dos últimas audiencias le permitieron un traductor que no tenía título y que renunció cuando el Juez y la fiscal resolvieron que entiende bien el español; por otro lado, firmó una serie de documentos para los efectivos de la Fuerza Especial de lucha Contra el Narcotráfico (FELCN), Ministerio Público, Juzgado Cuarto de Instrucción en lo Penal de El Alto y para sus abogados.

Fue detenido más de veinticuatro horas y la Fiscal ahora codemandada, no intervino en la requisa, secuestro y pesaje de la sustancia controlada, menos justificó los motivos de su ausencia; asimismo indica que no tuvo defensa técnica en la audiencia de 22 de agosto de 2010, donde se dispuso su detención preventiva; si bien, su entonces representante, Marcelo Alcázar se hizo presente cuando la audiencia se desarrollaba; empero, no intervino (presuntamente) porque tuvo conocimiento media hora antes de la misma, por último refiere que en su oportunidad interpuso incidentes y excepciones haciendo conocer esas vulneraciones; sin embargo, fueron rechazadas bajo el argumento que “Grelli” entiende perfectamente el español, motivo por el cual apeló, recurso que a momento de presentar esta acción, se encuentra pendiente de resolución.