SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0275/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0275/2013-L

Fecha: 25-Abr-2013

I.2.2. Informe de la autoridad demandada

Ximena Rosalía Morales Aramayo, Fiscal de Materia, en audiencia manifestó que Roberto Grelli, al momento de su declaración informativa comprendía lo que se le preguntaba y decía; en cuanto a su defensa técnica, el abogado defensor fue notificado para la defensa de los tres imputados; sin embargo, su abogado particular -estando presente en audiencia- se negó a intervenir como abogado de la defensa; empero, no se retiró y cuando se le dio la palabra al imputado manifestó que él era consumidor y no traficante, de esa manera se demostró que asumió defensa y conoce el español; por otro lado, el abogado en ningún momento manifestó que existía obstáculo con el idioma.

La aprehensión del representado del accionante fue el 21 de agosto de 2010, su imputación formal el 22 del mismo mes y año, y la audiencia de medidas cautelares el mismo día, posteriormente se solicitó audiencia conclusiva; sin embargo desde la fecha de imputación hasta la fecha de acusación, en ningún momento la defensa planteó incidente de actividad procesal defectuosa, tampoco presentó Recurso de apelación contra la resolución de medidas cautelares; más al contrario, solicitó audiencia de cesación de detención preventiva, instancia en la cual el abogado presentó traductor; empero, el Juez manifestó que no puede ser que a esas alturas el imputado recién diga que necesitaba traductor, cuando el mismo verificó que el imputado hablaba castellano.

Nestor Carlos Guerrero Arraya, Juez Primero de Instrucción en lo Penal, en audiencia indicó que no era cierto que el accionante, no haya tenido conocimiento, ni comprendido el idioma español; puesto que, en una de sus intervenciones manifestó no ser traficante sólo consumidor; como tampoco es evidente el hecho de no haber contado con defensa técnica, ya que tenía un abogado de oficio.