SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0431/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0431/2013

Fecha: 03-Abr-2013

III.5. Análisis del caso concreto

La accionante considera vulnerados sus derechos y los de su familia a la vida, salud y debido proceso, además del principio de seguridad jurídica, por cuanto desde el año 2001, vive con su familia en el inmueble de propiedad de la madre de su concubino, en el cual realizó las mejoras necesarias para vivir dignamente, llegando a construir dos habitaciones para sus hijos, además de un baño y un depósito de agua, hechos todos conocidos por sus vecinos de la zona de Tiquipaya y principalmente por la propietaria, hasta que el demandado Raúl Alfonso Zurita Flores, mediante una actitud violenta el 8 de septiembre de 2012, allanó el domicilio e ilegalmente destruyó la instalación eléctrica atentando contra la vida y salud de su familia.

Hecha la valoración de antecedentes y considerando que el art. 128 de la CPE, dispone que la acción de amparo constitucional ha sido instituida como una acción tutelar de defensa contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la misma Constitución y la ley, se concluye lo siguiente: