SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0433/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0433/2013

Fecha: 03-Abr-2013

III.3.          Del control normativo de constitucionalidad en el caso concreto

La presente acción de inconstitucionalidad concreta, fue activada dentro de un proceso administrativo ante la AJ, en ese contexto, en dicha causa, mediante Auto de apertura de proceso administrativo 09-00130-12 de 24 de septiembre de 2012, el Director Ejecutivo de la AJ, estableció la presunta comisión de las infracciones previstas en el art. 28.I.2 incs. a), b) y c) de la Ley de Juego de Lotería y de Azar, concordante con los arts. 11, 12 y 13 de la Resolución Regulatoria 01-00005-11, contra la propietaria de la sala de juegos, Nancy Ruth Zaconeta; estableciéndose el comiso preventivo de cinco máquinas de azar y medios de juegos, por la instalación de máquinas y otros medios de juego sin autorización de la AJ; utilización de máquinas y otros medios de juego que se activen y operen con dinero de curso legal nacional o extranjero; y, desarrollo de actividades sin licencia de operaciones; imponiéndose, una multa de UFV's 25 000.- (veinticinco mil unidades de fomento a la vivienda).

Posteriormente, por memorial presentado ante el Director Ejecutivo de la AJ, Nancy Ruth Zaconeta, interpuso acción de inconstitucionalidad concreta; mereciendo RA 29-00040-12 de 22 de octubre de 2012, mediante la cual, la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego -AJ, resolvió rechazar la acción de inconstitucionalidad concreta por ser manifiestamente infundada, ordenando la remisión en consulta de la citada decisión ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, disponiendo en consecuencia, la prosecución del proceso sancionador, de acuerdo al art. 80.IV del CPCo; finalmente, por AC 0853/2012-CA de 14 de noviembre, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional revocó la RA 29-00040-12, pronunciada por Veimar Mario Cazón Morales, Director de la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego AJ y admitió la acción.