SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0461/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0461/2013

Fecha: 10-Abr-2013

acción de inconstitucionalidad

En consecuencia, conforme a la jurisprudencia precedentemente glosada, es totalmente ajeno al objeto y naturaleza del recurso directo de nulidad el control normativo de constitucional; esto es, que a través de este recurso no se puede demandar la nulidad de una disposición legal de alcance general, como en este caso de una ley, para lo cual el constituyente, en el art. 132 de la CPE, ha previsto la acción de inconstitucionalidad, la que de acuerdo a lo establecido por el art. 202.1 de la misma Norma Suprema, la Ley del Tribunal Constitucional y el Código Procesal Constitucional puede darse a través de dos vías, una de carácter abstracto y la otra de carácter concreto, con efectos derogatorios y en su caso abrogatorios de la norma impugnada, encontrándose legitimados para interponer una acción de inconstitucionalidad abstracta, entre otros, cualquier miembro de la Asamblea Legislativa Plurinacional.