El presente voto disidente, en relación a la SCP 0558/2013 de 15 de mayo, plasma la divergencia en técnica argumentativa, por cuanto, la motivación que sustente la diferencia de criterio, versará sobre las siguientes líneas diferenciales de fundament
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El presente voto disidente, en relación a la SCP 0558/2013 de 15 de mayo, plasma la divergencia en técnica argumentativa, por cuanto, la motivación que sustente la diferencia de criterio, versará sobre las siguientes líneas diferenciales de fundament

Fecha: 15-May-2013

el objeto

Del contenido del recurso directo de nulidad, se establece lo siguiente: Que el objeto de este es la declaratoria de nulidad del nombramiento del interventor administrativo de EMPRELPAZ S.A.; asimismo, la causa de la activación de este mecanismo constitucional es el supuesto incumplimiento para el nombramiento del interventor de EMPRELPAZ, de requisitos establecidos por ley, como ser la presentación de una fianza por parte del interventor, así como la falta de notificación con la resolución que determinaba la intervención de dicha empresa y también la inobservancia a la ley, al disponer que la compañía intervenida tenga que cancelar los sueldos del interventor y los gastos para su desempeño.