El presente voto disidente, en relación a la SCP 0558/2013 de 15 de mayo, plasma la divergencia en técnica argumentativa, por cuanto, la motivación que sustente la diferencia de criterio, versará sobre las siguientes líneas diferenciales de fundament
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El presente voto disidente, en relación a la SCP 0558/2013 de 15 de mayo, plasma la divergencia en técnica argumentativa, por cuanto, la motivación que sustente la diferencia de criterio, versará sobre las siguientes líneas diferenciales de fundament

Fecha: 15-May-2013

II.6.  Otras observaciones en relación a la sentencia objeto del presente voto disidente

Al margen de la línea argumentativa diferencial que sustenta la Magistrada que suscribe el presente voto disidente en relación a la naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad, debe considerarse además que para llegar al resultado plasmado en la Sentencia objeto del presente voto disidente, debió inequívocamente revisarse los estatutos de EMPRELPAZ S.A. y todos sus demás documentos constitutivos; en ese orden, en base al tenor literal de la certificación analizada, se advierte que existen seis directores titulares, empero no figura un presidente, razón por la cual, es imperante verificar la legitimación activa en los documentos constitutivos antes señalados para en base al principio de certeza jurídica, poder declarar la improcedencia del recurso por falta de legitimación activa.