Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0379/2013-L
Fecha: 27-May-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega que ninguna de las autoridades demandadas resolvió la cesación a la detención preventiva que presentó porque en ninguno de sus despachos se encontraba radicada su causa; en síntesis, al no existir el cuaderno de control de investigación corresponde disponer su libertad. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal
- garantizar, proteger o tutelar
- III.1.1. Del debido proceso
- III.2. La
- al hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, a través del cual lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.4. Análisis del caso concreto
- 2º CONCEDER en parte