Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0402/2013-L
Fecha: 27-May-2013
II.4.
II.4. Documento transaccional de 18 de julio de 2011, con reconocimiento de firmas y rúbricas realizado ante Elva Gamboa Mendoza, Notaria de Fe Pública, suscrito por Dennis Marcelo Quiroga Durán, denunciante; Alejandrina Fierro de Cruz, y Carmen Norma Sanga Aguayo, en representación de sus hijos, donde la víctima expresa que devolvieron los objetos robados reconociendo el pago de Bs1000.- (mil bolivianos) cancelado todos los gastos, así como las costas procesales, por acuerdo de ambas partes expresando estar de acuerdo con el documento transaccional tanto el denunciante como los denunciados, expresando de manera mutua su voluntad de no seguir ninguna acción penal o civil (fs. 7 a 8).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- I.3. Consideraciones de sala
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcance de la acción de libertad
- III.2. La tutela del debido proceso mediante la acción de libertad
- “En lo Principal se tendrá presente a momento de emitir el requerimiento conclusivo correspondiente”
- CONFIRMAR