SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0539/2013
Fecha: 08-May-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Refiere que, se encuentra detenido preventivamente hace más de un año en el penal de San Pedro, al estar procesado por un delito de “orden público” en estado de iniciar el juicio oral ante el Tribunal Primero de Sentencia Penal de El Alto, habiéndose señalado sorteo de jueces ciudadanos y de constitución de tribunal.
Agrega que, se señaló audiencia de inicio de juicio oral para el 3 de enero de 2013, a horas 9:30 y para la cesación de su detención preventiva se fijó audiencia a las 14:30 del mismo día. En el juicio oral, se hizo presente solamente una Jueza Técnica, no encontrándose presente el otro Juez Técnico, sin conocerse los motivos de su ausencia; asimismo, de los tres jueces ciudadanos, se hicieron presentes dos de ellos, ante lo cual la Jueza demandada decidió tomarles juramento, dejando pendiente el juramento del tercer Juez Ciudadano para una fecha posterior.
Finaliza señalando que, la audiencia de cesación a la detención preventiva fijada para horas de la tarde, fue suspendida por la Jueza Técnica, debido a que el tercer Juez Ciudadano no se encontraba aún notificado y no había tomado posesión, así como por la ausencia de los otros dos jueces ciudadanos, sin tomar en cuenta que las audiencias de cesación, no pueden suspenderse por estos motivos.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- de toda persona que crea estar indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada, presa o que considere que su vida o integridad física está en peligro
- III.2. Sobre las lesiones al debido proceso en acciones de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo