SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0542/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0542/2013

Fecha: 08-May-2013

reconoce en la presente acción de amparo, que el lote de la accionante es distinto al de la Litis del proceso ordinario

De lo anteriormente trascrito, se evidencia que el lote de propiedad de la accionante es otro completamente diferente al que fue adjudicado por Betty Ríos de Toledo, quien por otra parte, reconoce en la presente acción de amparo, que el lote de la accionante es distinto al de la Litis del proceso ordinario; pero sin embargo, insiste en su desapoderamiento y ejecutoria (fs. 156 y vta.; 186 a 188; 195), pretendiendo se le entregue un inmueble diferente al que se adjudicó, siendo dicho aspecto incongruente.

Asimismo, se debe señalar, que los demandados han vulnerado los derechos fundamentales de la accionante, como son el derecho a la propiedad privada, al debido proceso y a la defensa, al haber ejecutado un mandamiento de desapoderamiento sobre un bien inmueble de forma errónea, sin constatar el verdadero inmueble objeto de la adjudicación judicial, existiendo irregularidades, tal cual refirió el propio informe del Tribunal de garantías, las cuales ameritan la apertura de una investigación de los funcionarios que participaron en dicho proceso e incluso -tercera interesada-, como por ejemplo el Oficial de Diligencias que ejecutó el mandamiento de desapoderamiento sobre un inmueble diferente al objeto de la hipoteca, y la negativa de atender los reclamos de la accionante por parte de las autoridades judiciales demandadas, ignorando de esta forma la verdad material y la prevalencia del derecho sustancial sobre el derecho formal, en consecuencia corresponde a este Tribunal Constitucional Plurinacional otorgar la tutela impetrada por la accionante.