Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0545/2013
Fecha: 13-May-2013
II.1.
II.1. A fs. 36, en el texto del memorial de amparo constitucional, Javier Ramiro López Salazar, señala textualmente: “En fecha 13 de junio del año 2012, se me notifica con la Resolución Administrativa Jerárquica del G.A.M.S. N° 034/2012 de 6 de junio…” (sic), por lo cual se considera dicha fecha como el inicio de los seis meses de plazo para el cómputo de los seis meses para la interposición de la acción de amparo constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- o desde la notificación con la resolución administrativa o judicial que agota la vía
- III.3. Jurisprudencia
- III.4.
- CONFIRMAR