Sentencia Constitucional Plurinacional: 0603/2013 de 27 de mayo
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional: 0603/2013 de 27 de mayo

Fecha: 27-May-2013

poniendo a disposición mediante el mismo a los imputados ante la Jueza de la causa, cumplimiento en tal sentido su objetivo dicho mandamiento,

Al respecto, se emitió un mandamiento invocando el art. 224 del CPP por parte de la juez de la causa; poniendo a disposición mediante el mismo a los imputados ante la Jueza de la causa, cumplimiento en tal sentido su objetivo dicho mandamiento, sin embargo, los accionantes bajo argumentos poco claros, pretendieron observar en la audiencia de consideración de medidas cautelares, dicho mandamiento de aprehensión, al respecto, la jurisprudencia señaló en la SC 563/2011-R de 29 de abril al indicar: “ii) Cabe destacar que es facultad propia de la autoridad judicial, expedir un mandamiento de aprehensión contra quien, habiendo sido citado, no compareciera dentro del plazo previsto ni justificara debidamente su inasistencia (art. 224 del CPP); es así que, esta coerción de índole legal, no implica restricción indebida de la libertad, por estar contenida en una norma procedimental que respalda su aplicación y tiene la finalidad específica de conducir al aprehendido ante el Juez competente. ”Debiendo tomarse en cuenta que habiéndose aprehendido a los imputados el 24 de enero de 2013  Hrs. 11:00, se señaló audiencia de consideración de medidas cautelares para ese mismo día a horas 17:00, razón por la en el presente caso, la aprehensión de los imputados se encuadra al art. 224 del CPP.