SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0648/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0648/2013

Fecha: 28-May-2013

concediendo”

La Sala Civil Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 02/2013 de 16 de enero, cursante de fs. 163 vta. a 165, “concediendo” la tutela solicitada, anulando el Auto de Vista 217/2012 de 14 de septiembre, disponiendo que los Vocales codemandados, dicten una nueva resolución, absolviendo todos y cada uno de los puntos expuestos en el recurso de apelación, con los siguientes argumentos: a) El único punto rescatable de la fundamentación que tiene relevancia constitucional, es el relativo al no pronunciamiento del Tribunal ad quem, respecto a la totalidad de los puntos de la apelación, hecho que se evidenció con claridad de la lectura del Auto de Vista 217/2012, pronunciado por las autoridades demandadas, respecto al recurso de apelación presentado por la accionante contra el Auto 60/12 de 2 de marzo de 2012, dictado por la Jueza demandada; b) Se advierte que el Auto de Vista 217/2012 no absuelve los agravios planteados en el recurso de apelación, tampoco señala de qué manera se habría realizado aquella infracción, no expresa qué prueba habría sido valorada de manera incorrecta, vulnerando lo previsto en el art. 236 del Código de Procedimiento Civil (CPC); y, c) Concluyendo que el Tribunal de apelación no actuó con la pertinencia a que está obligado por imperio del adjetivo civil, omisión que implica una vulneración a la garantía del debido proceso y al derecho a la impugnación, previstos en los arts. 115.II y 180.II de la CPE, por lo que corresponde conceder la tutela solicitada.